Aunque a simple vista una vivienda de uso turístico y un apartamento pueden llegar a parecerse, estas tienen claras diferencias. Un apartamento turístico tiene que formar parte de un conjunto de viviendas, es decir un bloque de pisos no puede estar formado por dos apartamentos turísticos y cuatro viviendas. Además debe tener la placa con la identificación AT (Apartamento Turístico)
Otra diferencia es el tipo de contrato y el tiempo de estancia. Una vivienda de uso turístico tiene que tener un contrato de arrendamiento durante mínimo 5 días, pero en comunidades como Madrid esta medida está inutilizada. En los Apartamentos Turísticos no hay ningún mínimo de noches para poder cerrar un contrato de arrendamiento.
Una vivienda de uso turístico tiene un máximo de días para que la vivienda sea alquilada en la Comunidad de Madrid, esto no pasa en el caso de los apartamentos turísticos. Los estrictos requisitos y condiciones del apartamento turístico son mucho más flexibles en la vivienda de uso turístico. Cada Comunidad Autónoma tiene competencia sobre la ley de los apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico.
Según el marco legal de Asturias son viviendas de uso turístico "aquellas viviendas independientes ubicadas en un edificio de varias plantas sometido a régimen de propiedad horizontal que son cedidas temporalmente por su propietario o persona con título habilitante, directa o indirectamente, a terceros y en las que, reuniendo los requisitos establecidos (en el Decreto 48/2016*), se presta únicamente el servicio de alojamiento mediante precio, de forma habitual”.
Este tipo de viviendas se contratarán en completo o por habitaciones sin la necesidad de que el propietario de la vivienda resida en la misma. La oferta de la vivienda debe informar sobre las condiciones del acceso, la entrada y salida, la admisión de animales de compañía, las reservas y los precios del servicio.
En un lugar visible de la vivienda tendrá que haber un cartel informativo redactado al menos en castellano e inglés y con un número de atención 24 horas del día. Salvo caso contrario, la estancia comenzará a las 17 horas del primer día y finalizará a las 12 horas del día señalado como fecha de salida.
No son viviendas de uso turístico:
- Viviendas vacacionales
- Alquileres de viviendas en la ciudad
- Alquileres de vivienda de temporada
- Apartamentos turísticos