La Junta General de accionistas es un órgano de gobierno característico, normalmente, de las grandes sociedades, cuyo fin es el de reunir a todos los socios o accionistas de una empresa para deliberar cuestiones que, por su relevancia, han de ser debatidas de forma conjunta entre todos aquellos que participan en la empresa.
Junta de accionistas
Todos los accionistas tienen derecho a acudir a la JGA. Ahora bien, en sociedades abiertas como las anónimas, los estatutos podrán condicionar dicha asistencia a la tenencia de un número mínimo de acciones (que, en el caso de las sociedades cotizadas no podrá ser superior a mil acciones).
La reunión ha de ser debidamente convocada o celebrarse con el carácter de Junta universal por voluntad unánime de todos los socios. La junta de accionistas se considera un órgano soberano con un poder supremo sobre la sociedad ya que se encuentra totalmente facultado para tomar decisiones que se consideren oportunas.
La JGA puede ser ordinaria o extraordinaria. Las juntas ordinarias se convocan una vez al año, dentro de los seis primeros meses siguientes al cierre del ejercicio anterior, para, en su caso: aprobar la gestión social, las cuentas del ejercicio anterior y resolver sobre la distribución del resultado. El resto de Juntas tienen la condición de extraordinarias.
Además, los administradores estarán obligados a convocar la JGA cuando lo soliciten uno o varios socios que representen, al menos, un 5% del capital social, porcentaje que en el caso de sociedades cotizadas es del 3%.