Una comisión es un porcentaje sobre el valor total de una transacción que se le cobra al cliente o se le paga al vendedor.
Cada entidad tiene un libro público de tarifas en donde se fijan las comisiones mínimas y máximas que tiene cada producto y las condiciones que tiene que cumplir el cliente para acceder a ellas.
Hay que tener en cuenta varias cosas:
1. Las tarifas o precios de las comisiones bancarias son libres. El Banco de España no autoriza ni consiente, no puede denegar, ni limitar, el importe de las comisiones bancarias. Los bancos pueden poner el importe o precio que estimen oportuno, salvo en aquellas operaciones bancarias en las que los importes estén limitados por norma, como sucede, por ejemplo con la cancelación o amortización anticipada de un préstamo hipotecario o de un crédito al consumo
2. Las comisiones bancarias y los gastos deben responder a servicios efectivamente prestados o gastos habidos. No pueden cobrarte por servicios que no hayas solicitado o aceptado. En todo caso, deberá informarte personalmente y por anticipado del importe que vas a pagar por ese servicio.
Existe otro tipo de comisión que hace referencia al método de incentivar el esfuerzo de los trabajadores. Así por ejemplo, en el área comercial, los vendedores suelen tener un salario compuesto de dos partes: una fija y una variable que se basa en comisiones sobre lo que es capaz de vender. De esta forma, se busca que el vendedor se esfuerce por concretar nuevas operaciones de venta de modo que su comisión crezca.