La extinción de condominio con compensación económica se produce cuando la cosa común pasa a una de las partes a cambio de una indemnización al resto de ellas que ceden su cuota.
Aunque suele ser común que la mencionada compensación sea de tipo económico, cabe un gran número de acuerdos en este proceso de disolución de una copropiedad.
La extinción de condominio consiste en disolver una propiedad en común y suele producirse como consecuencia de un acuerdo común entre las partes que tienen un proindiviso, como una vivienda).
No obstante, también es posible que exista una extinción de condominio sin acuerdo, pero en este caso se debería plantear una demanda y dejar el asunto en manos de la justicia.
Las partes pueden acordar realizar la cesión a una de ellas que pretende adquirir el 100% de la propiedad a cambio del pago de una suma de dinero. Por este motivo se denomina extinción de condominio con compensación económica.
Una vez llegado a un acuerdo entre las partes, se debe acudir a un notario para que formalice esta operación mediante escritura pública, en la que quedará constancia de cuál es el importe que se ofrece a las partes que ceden su cuota de propiedad en compensación.
A la hora de calcular la compensación a las partes pueden darse una gran cantidad de supuestos y acuerdos. No obstante, la compensación económica es el mecanismo más sencillo y utilizado.
Por ejemplo, cuando se trata de un divorcio o una herencia, suele realizarse una tasación de la vivienda, para determinar el valor actual del bien. Lo más natural es que dicho valor se distribuya equitativamente entre las partes y el que adquiere la propiedad indemnice económicamente a cada una de ellas el importe correspondiente.
No obstante, es posible que pese una carga hipotecaria sobre la vivienda en copropiedad. En este caso, la parte que se queda con la propiedad puede no indemnizar (u ofrecer un importe menor) al resto a cambio de hacerse cargo de la hipoteca.
Esta última situación, también supondría una extinción de condominio con compensación, puesto que libera de una deuda a las partes cedentes. Pero no sería una compensación económica. Es más complejo, porque sería preciso negociar con el banco el cambio de titularidad del préstamo hipotecario.
Por este motivo, suele darse la extinción de condominio con compensación económica. En ocasiones, el que adquiere la propiedad solicita una hipoteca para hacer frente a las indemnizaciones.
Debes tener presente que, además de la necesidad de realizar esta operación ante notario, la extinción de condominio está sujeta al Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD).
Además, debe inscribirse en el Registro de la Propiedad quién es el nuevo propietario al 100% del inmueble.
Por último, el adjudicatario es el que suele hacerse cargo de los gastos de extinción de condominio con compensación, incluyendo el pago de impuestos.