Suele ser común solicitar una hipoteca para llevar a cabo la extinción de un condominio. A fin de cuentas es conseguir financiación para comprar la parte que le corresponde a otros copropietarios y quedar con la totalidad de la propiedad.
A continuación, te lo exponemos todo de un modo más detallado.
Un condominio es la posesión de algo, especialmente un inmueble, por dos o más personas.
De esta forma, cuando hablamos de la extinción de un condominio, hacemos referencia a la operación en la que las partes ceden la propiedad a otra para que deje de ser un dominio compartido y pase a ser de una sola persona.
La extinción del condominio es una forma de extinguir una comunidad de bienes o copropiedad y está regulada en los artículos 400 y 406 del Código Civil.
Para extinguir un condominio, una de las partes puede comprar a la otra la cuota de propiedad que le corresponde. Para ello, es posible pedir una hipoteca.
Es decir, si el adquirente de la propiedad no tiene liquidez suficiente para compensar económicamente a la otra parte, puede pedir un préstamo con la garantía hipotecaria del bien inmueble que pretende conseguir (quedando como único titular del mismo).
El supuesto más común de una extinción de condominio es cuando se compra una casa en pareja. En este caso, a cada uno de los cónyuges le corresponde un 50% de la propiedad de la vivienda, por lo tanto, se trata de un condominio.
Sin embargo, si se produce una separación o divorcio, ¿qué sucede con la vivienda?
Lo más natural - y recomendable - es que se llegue a un acuerdo para que una de las partes le ceda la propiedad a la otra, a cambio de una compensación económica.
En caso de que no haya acuerdo, también es posible llevar a cabo la extinción de condominio, pero es necesario plantear una demanda y dejar el caso en manos de un juez.
De cualquier modo, supongamos que hay acuerdo y se decide que uno de los componentes de la pareja adquiere la propiedad y se disuelve el condominio.
Es más, sería conveniente recurrir a esta fórmula jurídica que proceder a una compraventa, puesto que la carga fiscal es menor (no es necesario liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales).
Así pues, se procede a la tasación de la vivienda y se determina que tiene un valor de 120.000 €. Para poder llevar a cabo la operación, el cónyuge que se queda con la propiedad debe liquidar a la otra parte un total de 60.000 € (el valor actual de mercado).
Suponiendo que no existe una hipoteca anterior, si el cónyuge que quiere quedarse con la propiedad no tiene los 60.000 € en efectivo para pagar a la otra parte y adquirir el 100% de la propiedad, tiene la opción de solicitar una hipoteca sobre la propia vivienda.
En definitiva, tras un divorcio, uno de los cónyuges puede pedir una hipoteca sobre la vivienda para comprarle a la otra su 50% de propiedad y, de esta forma, extinguir el condominio.