¿Cuáles son los gastos de cancelación de hipoteca y quién debe asumirlos? A continuación, te mostramos las respuestas.
En síntesis, la cancelación de la hipoteca supone que el inmueble quede libre de esta carga y así figure en el Registro de la Propiedad. Sin embargo, para que este proceso se materialice, es necesario asumir unos costes, sin contar con las posibles comisiones acordadas con el banco (en el caso de que se produzca una cancelación anticipada).
Los gastos por la cancelación registral de la hipoteca son los que te mostramos a continuación, pero su precio puede variar dependiendo de varios factores.
No obstante, en términos generales, podríamos tener que pagar:
- Notaría: los aranceles notariales se suelen calcular como porcentaje del importe original de la hipoteca. El coste mínimo es de 90 euros por ley, aunque puede llegar a costar unos 500 euros de media.
- Gestoría: la gestoría se encarga de realizar el trámite y sus honorarios pueden ser muy variables, desde 100 euros hasta unos 500 euros (lo que puede costarte la propia gestoría del banco).
- Registro de la Propiedad: los gastos de inscripción en el Registro de la Propiedad también dependen del importe original de la hipoteca. Eso sí, como mínimo, por ley te cobrarán 24 euros.
- IAJD: pese a que deberás solicitar y cumplimentar el documento de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) en una delegación de la comunidad autónoma en la que esté ubicada la vivienda, es un paso exento de pago.
Es el titular de la hipoteca el responsable de pagar todos los gastos de cancelación. Es decir, si quieres vender la vivienda hipotecada, pero tienes que cancelar la hipoteca con el dinero recibido, el comprador no se hará cargo de estos trámites.
Puedes contratar una gestoría y realizar una provisión de fondos para que se encargue de realizar todos los trámites, pero también haría aumentar los gastos de cancelación de hipoteca.