El Tribunal Supremo ha revolucionado todo el sistema hipotecario español. El pasado 18 de octubre dictó que los bancos son los que deberían pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (que representa el mayor importe de los gastos de hipoteca), basándose en que son estos quienes están interesados en inscribir la operación y elevarla a escritura pública. Por tanto, el que debe asumir dicho coste debe ser la entidad financiera que emite el crédito. Aunque tan solo 24 horas después el alto tribunal anunció que revisaría la sentencia por su impacto económico, la decisión sobre quién debe pagar este impuesto se tomará el 5 de noviembre. iAhorro Hipotecas responde a las posibles dudas de los usuarios sobre esta sentencia
¿Cómo afecta a los hipotecados esta sentencia?
Hasta ahora, eran los clientes quienes debían pagar este impuesto. De confirmarse la sentencia, los bancos tendrán que hacerse cargo de este pago por lo que los consumidores que ya lo han pagado podrán reclamar su dinero.
¿Significa que cualquier titular de una hipoteca puede reclamarlo?
Si el Tribunal Supremo confirma el día 5 de noviembre que son los bancos quienes tienen que pagar el impuesto de las hipotecas, los clientes podrán iniciar su reclamación ese mismo día. Eso sí, habrá que esperar a conocer si se eleva la sentencia del Supremo al Tribunal de Justicia Europeo. En este caso, el proceso se podría alargar aún más en el tiempo.
¿Qué se puede reclamar?
Los hipotecados pueden reclamar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados. La cantidad depende del importe de la hipoteca y de la comunidad autónoma que va entre el 0,5% al 1,5% de la hipoteca. Por ejemplo, para una hipoteca de 200.000 euros en Madrid del año 2016, la cantidad a reclamar asciende a 2.250 euros.
¿Quién puede reclamar?
Como norma general, todas las personas y empresas que tengan o hayan tenido un préstamo hipotecario en España pueden reclamar parte de los costes al banco. Tanto si la hipoteca está activa, como si se ha vendido la casa o se han realizado novaciones sobre el préstamo inicial.
Al tratarse de una sentencia de "nulidad absoluta de pleno derecho" por la abusividad y no de una ley protectora de los consumidores, su acción no prescribe. El tribunal podría establecer un plazo máximo de reclamación de 4 años desde que se pagó el tributo como ya pasó con la sentencia de las Cláusulas Suelo. En este caso, los hipotecados que firmaron en el último trimestre de 2014 deberían iniciar el proceso de reclamación lo antes posible.
¿Cómo se puede reclamar?
Existen dos posibilidades: una vía rápida para aquellos que pagaran el impuesto de AJD hace menos de cuatro años y la vía más larga para el resto de personas.
Vía inmediata
Los que pagaron este impuesto desde 2014 en adelante podrían reclamar la devolución del dinero a la Hacienda de su Comunidad Autónoma. Hacienda devolverá automáticamente el importe pagado, y lo harán sin coste para el hipotecado.
Vía judicial
Aquellos que pagaron el impuesto hace más de cuatro años deberán reunir toda la documentación necesaria: la escritura de préstamo hipotecario cuyos gastos se pretendan reclamar, las facturas de notaría, registro de la propiedad, tasación del inmueble, gestoría e impuestos pagados. Primero hay que reclamar directamente al banco a través de un escrito a su servicio de atención al cliente. Si no se recibe respuesta o esta no satisface al hipotecado, deberá iniciarse la vía judicial. El hipotecado deberá presentar una demanda en los juzgados especializados de primera instancia de las comunidades autónomas.
¿Cuánto tardarán en devolver el dinero?
En el caso de que hayan pasado más de cuatro años del pago del impuesto, el tiempo en resolverse dependerá del juzgado. Como media este proceso puede tardar unos dos años.
¿Qué pasa si se está tramitando ahora mismo la firma de la hipoteca?
La mayoría de las entidades financieras han paralizado la formalización de las hipotecas a la espera de la decisión final del Tribunal Supremo. Los clientes que estén en medio de este proceso estarán notando que los pasos se están ralentizando.
¿Cuánto puede costar la reclamación?
La reclamación al banco no tiene costes, el problema está cuando es necesario acudir a la vía judicial. En este caso hablamos de que el cliente deberá pagar entre el 10% o el 20% del dinero que consiga recuperar a su despacho de abogados. La cantidad puede variar en función de si el cliente consigue ganar con costas o sin costas.
¿Cómo afectará a las hipotecas?
Si finalmente son los bancos quienes tienen que pagar este impuesto, lo más probable es que las entidades endurezcan sus condiciones en este préstamo. De esta manera, podrían elevar el porcentaje del coste de apertura del crédito e incluso aumentar sus tipos de interés en los tipos fijos o variables.