Desde hace relativamente poco tiempo, circular por Madrid no es posible si no se dispone de los distintivos medioambientales de la DGT. Estas etiquetas, de las que hablamos hace un tiempo y que no eran obligatorias, de manera temporal, se pueden adquirir en cualquier oficina de Correos, enseñando el DNI y el permiso de circulación en regla, y previo pago de 5 euros. Si no disponen de etiquetas en el momento, suelen tardar entre tres y cuatro días en recibirla.
Existen otros métodos y lugares para conseguir la etiqueta, como señala la DGT:
- En las mencionadas oficinas de Correos.
- En los talleres de la Confederación Española de talleres (CETRAA).
- A través de un Gestor administrativo.
- Online.
Sin embargo, existe un cierto problema a la hora de conseguir las etiquetas, al menos para algunos coches: no todos los vehículos pueden disponer de una. Para entender esto, repasamos qué coches pueden disponer de una etiqueta medioambiental.
Esta es la clasificación que según la DGT en cuanto a los distintivos medioambientales:
- Sin distintivo: Hace referencia a todos los automóviles gasolina anteriores al año 2000 y anteriores al 2006 si hablamos de vehículos diésel.
- Distintivo B: vehículos que cumplen, al menos, con la normativa Euro 3 si es gasolina y Euro 4 o 5 si es diésel. Coches homologados a partir del año 2000 en el primer caso y del 2006 si hablamos de los diésel.
- Distintivo C: para los coches que cumplen con la normativa Euro 4 si es de gasolina y Euro 6 si es diésel.
- Distintivo ECO: coches híbridos tradicionales y enchufables con menos de 40 kilómetros de autonomía en modo eléctrico. También los que utilizan combustibles alternativos como el GLP o el GNC, solo para los que vienen así de fábrica.
- Distintivo Cero Emisiones: para los coches eléctricos puros y los de autonomía extendida o híbridos enchufables, con autonomías de más de 40 kilómetros en modo eléctricos, y los coches de pila de combustible.
Por tanto, existen un buen número de vehículos que no recibirán la etiqueta aunque quisieran hacerlo. Son los coches más antiguos del parque, un parque de por sí viejo, y que pueden enfrentarse a restricciones importantes en el futuro a medio plazo.
Para estos vehículos se han de tener en cuenta dos factores: los protocolos anticontaminación, y las fechas a partir de las cuales no se puede acceder a Madrid. Veremos estos dos puntos:
- Los protocolos anticontaminación. Existen distintos escenarios que prohíben la circulación de los vehículos sin etiqueta en toda la ciudad de Madrid a partir del escenario 3 y en la almendra central de la urbe, el interior de la M-30, desde el escenario 2. En el escenario 4 se restringe el acceso de los que posean etiqueta B, y en el escenario 5 sólo pueden circular los automóviles ECO y Cero Emisiones.
- Fechas clave: a partir de ciertas fechas estará prohibido estacionar y circular con un vehículo sin etiqueta en las grandes ciudades. En Madrid, no se podrá aparcar en una zona SER diferente a la propia a partir del 1 de enero de 2020, y no estará permitida la circulación por sus calles del 1 de enero de 2025 en adelante. Todo el Área Metropolitana de Barcelona cuenta con restricciones aún más duras y prohíbe la circulación de los automóviles sin etiqueta a partir del 1 de enero de 2020.
Como vemos, el futuro para los coches sin etiqueta es bastante poco optimista. En otro orden de cosas, son coches con más de 19 años, en el caso de los de gasolina, y más de 13 años para el caso diésel. Son vehículos que, por una cuestión puramente de 'edad', deberán ser sustituidos paulatinamente por vehículos nuevos, más modernos y preparados para contaminar mucho menos.