Cómo pedir el levantamiento de hipoteca por caducidad

Equipo editorial I Publicado: I Actualizado:

Cómo pedir el levantamiento de hipoteca por caducidad

Es frecuente que, a la hora de vender nuestra vivienda o al heredarla, por ejemplo, nos encontremos con que, pese a haber efectuado todos los pagos de la hipoteca, ésta todavía conste en el Registro de la Propiedad.

En este caso, en el que ya ha finalizado el plazo de la hipoteca y se han pagado todas las cuotas, la deuda ha quedado extinguida pero debe cancelarse la garantía real o hipotecaria para que quede constancia en el Registro de la Propiedad. ¿Cómo se realiza el levantamiento de hipoteca por caducidad? Conoce todos los trámites que hay que hacer.

¿Cuándo prescribe la cancelación registral de una hipoteca?

Según el artículo 128 de la Ley Hipotecaria española, la acción hipotecaria prescribirá a los veinte años, contados desde que pueda ser ejercitada.

La cancelación registral de la hipoteca se puede producir por prescripción, tal y como establece el artículo 1.964 del Código Civil. Pero, como decimos, alguna vez podemos llevarnos la sorpresa de que este trámite no se ha realizado de forma automática.

De este modo, para realizar la cancelación registral de hipoteca por caducidad, es necesario que haya transcurrido un plazo equivalente a 21 años, a partir del momento en que debió ser satisfecha la última cuota.

¿Por qué un año de más? Básicamente, para asegurarnos de que el préstamo no fue renovado ni se interrumpió el plazo de prescripción o se ejecutó la hipoteca por impago.

¿Y si la hipoteca tiene más de 20 años?

En el caso de que hayan transcurrido más de veinte años desde que se terminó de pagar la hipoteca, hay que proceder a su cancelación registral. En caso contrario, la vivienda seguirá estando gravada con esa carga, lo cual nos impedirá venderla a un tercero, por ejemplo.

No se trata, no obstante, de un trámite obligatorio pero sí es necesario si se quiere vender o volver a hipotecar la vivienda.

Lo normal es que el Registro de la Propiedad proceda automáticamente a la cancelación de la inscripción al transcurrir veinte años desde que finalizamos el pago de nuestra hipoteca. En ese caso, no será necesario llevar a cabo los trámites de cancelación.

Y, en el caso de que no hayan transcurrido 20 años o hayamos cancelado de forma anticipada los pagos de la hipoteca, tendremos que solicitar la cancelación del asiento registral si queremos, por ejemplo, poner a la venta dicha vivienda.

Cómo se solicita el levantamiento de hipoteca por caducidad

Para pedir el levantamiento de hipoteca por caducidad, es necesario solicitarlo al Registro de la Propiedad.

Este trámite es gratuito, siempre y cuando se cumpla con dos requisitos:

1. Que de dicho procedimiento se encargue el mismo titular con el derecho sobre la vivienda afectada o bien los herederos de la misma, que acrediten un interés legítimo en realizar la cancelación de la hipoteca por caducidad plazo.
2. Que hayan transcurrido los 21 años de plazo establecidos en la normativa desde la finalización del plazo fijado en la escritura.

Una vez que se cumple con estos requisitos, el titular deberá acudir al Registro de la Propiedad con su DNI. Si no puede hacerlo personalmente, tendrá que designar y autorizar formalmente a una persona que realice los trámites en su nombre.

Existe la posibilidad de encargar este trámite a la entidad financiera con la que firmamos la hipoteca. Esto conllevará unos gastos de gestión pero nos ahorrará tiempo y desplazamientos.

¿Qué documentos son necesarios para realizar el el levantamiento de hipoteca por caducidad?

Dependiendo de la administración, los trámites necesarios pueden ser diferentes. Lo que sí es común es que hay que rellenar un modelo de solicitud de levantamiento de hipoteca por caducidad, es decir, un formulario estándar o instancia que se puede encontrar en internet.

Este documento sirve para acreditar que han transcurrido más de veinte años desde que se terminó de pagar la hipoteca de la vivienda y que, por tanto, ésta ya está extinguida.

En ocasiones, pueden solicitarnos la documentación que certifique este punto, pero bastará con presentar un documento de liquidación del Impuesto Sobre Actos Jurídicos Documentados. Aunque, como hemos dicho, éste no tiene coste.

Por tanto, este trámite no es difícil de realizar pero sí se deben cumplir los requisitos exigidos.

¿Dónde se hace? En el Registro de la Propiedad de la localidad en la que tengamos inscrita la propiedad de nuestra vivienda.

Respecto a los plazos, los 21 años establecidos para poder proceder al levantamiento de hipoteca por caducidad se refieren al momento en el que ésta ha sido cancelada, es decir, desde el momento en el que la hipoteca fue amortizada, independientemente del plazo que figura en la escritura hipotecaria (esto ocurre en los casos en los que se termina de pagar la hipoteca antes o después del plazo previsto en el contrato inicial).

Te dejamos también este post para conocer qué es más barato, ¿cancelar o subrogar una hipoteca?


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