El IVA es un tributo de naturaleza indirecta, se aplica sobre el precio de los productos, que recae sobre el consumo. En concreto grava las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios y profesionales, las adquisiciones intracomunitarias y las importaciones de bienes.
Cuando se aplica el IVA
Esta definición del impuesto señala muy claro cuando se aplica el IVA: “grava las entregas de bienes efectuadas por empresarios y profesionales” es decir en la vivienda solo se paga cuando es el constructor o promotor el que vende la vivienda, es decir, la primera transmisión.
Esto no es siempre sí. Como regla general se entiende que se trata de obra nueva y se produce cuando la vivienda ha finalizado en su construcción o rehabilitación y se entrega el certificado de fin de obra. No siempre es así, si, por ejemplo si el promotor ha alquilado una vivienda nueva por un plazo superior a dos meses ya no se considera vivienda nueva la venta y, por tanto, no está sujeta al IVA.
Tipos de IVA
El tipo general que se aplica al IVA para una vivienda nueva es el tipo reducido del 10%. Este porcentaje se aplica sobre el importe escriturado.
No siempre es este tipo. En el caso de viviendas de protección oficial (VPO) en régimen especial o de promoción pública, se tributa al 4%.
Estos dos tipos se aplican en el caso de las plazas de garaje dotacionales (con un máximo de dos unidades) y en los anexos que se transmitan a la vivienda, el caso más común es el de los trasteros.
En el resto de los casos, como plazas de garaje adicionales o locales comerciales se aplica el tipo normal del 21 % de IVA.
Por último, hay que recordar que el pago del IVA se efectúa en el momento de firmar la compra. Lo normal es que la hipoteca no lo financie y tengas que pagarlo con otros ingresos o ahorros que tengas. El pago se hará directamente al vendedor, que está ingresará el importe de este impuesto a la Agencia Tributaria.