¿Cómo deducir la vivienda habitual en la declaración de la renta de 2022?

Nerea Gastesi I Publicado: I Actualizado:

La vivienda solo se la podrán deducir aquellos que firmaron la hipoteca antes de 2013

¿Cómo deducir la vivienda habitual en la declaración de la renta de 2022?

¿No sabes si te podrás desgravar la vivienda en la declaración de la renta 2022? ¿Y si vives de alquiler? Desde iAhorro te explicamos con detalle todo lo que debes saber de cara a la campaña de la declaración de la renta 2022.

¿Me puedo deducir la vivienda en la declaración de la renta 2022?

Cuando hablamos de deducir la vivienda en la declaración de la renta nos referimos a la inversión que se ha podido hacer en una vivienda para rehabilitarla o ampliarla. También es aplicable cuando adquirimos la vivienda o el terreno para construirla.

No obstante, esta desgravación dejó de ser efectiva hasta el 1 de enero de 2013. Los contribuyentes que llevaban beneficiándose de la desgravación antes de suspensión pasan a un régimen transitorio.

Esto significa que las personas que han adquirido o reformado su vivienda después de esa fecha no se pueden acoger a ese régimen.

Entonces… ¿Cómo me puedo deducir la vivienda?

Para que podamos desgravarnos la vivienda, sea por adquisición (hipoteca) o reforma de la casa, ha tenido que ser adquirida antes del 1 de enero de 2013. Los inmuebles comprados a partir de ese momento no podrán beneficiarse de la medida.

Las personas que cumplan con las condiciones podrán desgravarse la vivienda de la siguiente forma: a la suma de las cuotas mensuales de la hipoteca de un año, que no podrá ser superior a 9.040 euros, se le aplica el 15%. Por lo tanto, un contribuyente no podrá recibir más de 1.356 euros por su vivienda.

¿Y qué ocurre si cambiamos de banco la hipoteca? Aunque hayamos realizado una subrogación por cambio de acreedor la desgravación se mantiene, porque la Agencia Tributaria considera que, como con la subrogación seguimos pagando desde el año en el que terminamos con el anterior banco, es como si hubiéramos firmado antes del 2013 con el banco actual.

Pongamos un ejemplo: si yo firmé mi hipoteca en 2012 a 30 años y me subrogo en 2022, en el banco nuevo voy a pagar tan solo los 20 años que me quedan, por lo tanto, es como si en la entidad nueva llevara desde antes de que se suprimiera la desgravación. Por ese motivo, este beneficio fiscal sigue vigente pese a que nos hayamos subrogado.

Si estoy de alquiler… ¿Puedo deducirme la vivienda también?

En la deducción del alquiler en la declaración de la renta existen dos tramos: el estatal y el autonómico. El primero solo se aplica a los inquilinos que firmaron su contrato antes de enero de 2015, puesto que a partir de esa fecha se suprimió. La desgravación estatal en la renta por arrendamiento de vivienda es del 10,05 % del alquiler, siempre que la base imponible sea inferior a 24.107,20 euros, tanto en la tributación individual como en la conjunta.

El tramo autonómico, en cambio, sigue vigente y es diferente en función de la Comunidad Autónoma. En la siguiente tabla especificamos qué lugares cuentan con esta desgravación. Siempre podremos consultar las deducciones que nos puede aplicar Hacienda en el alquiler en la página web de nuestra Comunidad Autónoma.


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