Me han concedido una hipoteca en el banco santander, y he tenido que hacerme un seguro de vida vinculado. Ahora que tengo el dinero, ¿¿puedo "darme de baja" de ese seguro??
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hace 10 añosDar de baja seguro de vida vinculado, una vez que tienes la hipoteca
Buenos días,
En unos días vamos a firmar una hipoteca con EVO, y ayer, a una semana de firmar me dicen que tengo que contratar un seguro de desempleo, 1300e, válido para 5 años, por lo que he visto por ahí no es excesivo, pero sigue siendo abusivo, ya que de esto no me dijeron nada. Mi pregunta es que al no ser vinculante, es decir, en la escritura de la hipoteca dice que sólo irá reflejado que tengo que domiciliar la nómina y un seguro de hogar, podría devolver el recibo una vez firmada la hipoteca?
Lo que comentan anteriormente he visto que sólo es válido en el caso de seguros de vida. Cosa que también haré, porque no es obligatorio, pero al pedir un poco más de dinero y estar sola en el préstamo también me lo han pedido, pero tampoco se reflejará en la hipoteca. Así que buscaré uno más barato.
Pero por favor, lo más importante, qué podría hacer con el seguro de desempleo que les comento?
Muchas gracias
Buenos días.
El art 83.a.1 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro permite
anular un seguro de vida en el plazo de 30 días desde el momento en
que recibes la póliza. Sin dar ninguna explicación.
Envía un burofax a la aseguradora ( no a la entidad financiera ) indicando que te acoges a dicho artículo, y que te devuelvan el importe del seguro abonado.
Saludos. Ramón Calvo.
Buenos días
Hace unos 15 días, adquirí un vehículo de ocasión en la Peugeot, nunca me hablaron de la obligación de contratar un seguro de vida, hasta que fui a firmar el préstamo concedido, cuando dije que no me interesaba, me dijeron que era "obligatorio" hacerlo porque si no, no me daban el préstamo y lógicamente tampoco el coche. Por lo que me vi en la obligación de firmarlo y corría el riesgo de perder la señal que dí por el vehículo. Cuando empecé a leer los contratos de todo, el comercial me metió un poco de prisa y casi no me dejaba leer las cosas, me dijo, yo te lo explico y así ganamos tiempo. El caso es que me informó que la mensualidad por este seguro iba a ser la mitad de lo que realmente me van a cobrar por él.(mal hecho por mí por fiarme...) pero me siento un poco engañado.
Tras esto, estaba seguro que no me podía dar de baja de este seguro de vida "impuesto" pero leyendo por aquí he visto que hay una ley que me deja hacerlo antes de los 30 días desde la firma.
Me gustaría saber si la entidad aseguradora tiene la obligación de dármelo de baja si les mando un escrito hoy mismo solicitando esta baja (menos de 30 días desde su firma) o se pueden acoger a algo y no hacerlo.
Ojalá pueda quitármelo de encima.
Un saludo y muchas gracias por toda la ayuda que facilitáis.
Buenas,
Tengo una consulta, he echo una novación de hipoteca y el banco en una de la condiciones me dice que tengo que pagar la prima del seguro de vida, toda en un solo pago de 8.000€, me quedan 25 años de hipoteca.
Mi intencón es amortitzar periòdicamente la hipoteca y reduciarla en el tiempo.
Mi pregunta es: Si amortizo periodicamente, el tiempo de la hipoteca se reducira, y habré pagado una prima de seguro de 25 años cuando realmente la hipoteca la he devuelto en 15 años.
La entidad financera me puede devolver los años que he pagado de más?
Muchas gracias por vuesta ayuda
muy buenas tengan todos mi consulta es la siguiente me concedieron un credito hipotecario pero vendi el inmueble hace dos años y cancele la deuda pero venia padeciendo enfermedad y el año pasdo en diciembre me declararon incapacidad total puedo reclamar la poliza vida deudor di o no? Oma