Me han concedido una hipoteca en el banco santander, y he tenido que hacerme un seguro de vida vinculado. Ahora que tengo el dinero, ¿¿puedo "darme de baja" de ese seguro??
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hace 10 añosDar de baja seguro de vida vinculado, una vez que tienes la hipoteca
Buenas tardes,
Mi pareja y yo estamos a punto de firmar una hipoteca con el Santander por 109.000€. El tema es que una de las condiciones para que nos den el crédito es la contratación de un seguro de vida. Se trata de una prima única por 5 años a pagar en el momento de formalizar la hipoteca, y pagaríamos 2.400€ yo y 2385€ mi pareja. ¿No os parece un importe un poco elevado? ¿Es recomendable dar de baja este seguro una vez firmada la hipoteca y mirar otro con otra compañía? ¿Nos devolverían el dinero? ¿Podría perjudicar la relación con nuestro banco y oficina?
Muchas gracias de antemano.
Un saludo,
David
Buenos días Anónimo.
El art. 83.a de la Ley de Contrato de Seguro se refiere a los seguros de vida, por lo tanto el resto de seguros no se pueden acoger al derecho que otorga dicho artículo.
Si lo contratos se hubiesen formalizado a distancia ( contratos por internet o teléfono, por ejemplo) tendrías 14 días para desistir si fueran de NO VIDA y 30 días si fuesen de vida. Pero al contratarlos en el banco, no podrás acogerte a esto.
Lo que podrás hacer será, con un mes de antelación al vencimiento, solicitar por escrito a la aseguradora, la no renovación de dichos seguros.
Saludos. Ramón Calvo.
Hola Anónimo del 26/05,
Los contratos de seguro no tienen plazo de desistimiento salvo el de seguro de vida (30 días) o los adquiridos a distancia.
Simplemente porque son contratos en los que se precisa consentimiento por ambas partes y porque desde el primer momento el asegurador corre un riesgo cierto a cambio de la prima; sí existe un plazo de 30 días para subsanar errores pero no para desistir.
En ambos casos, además, no se trata de riesgos que tengan nada que ver con una hipoteca, ni el de salud, ni el del coche, por lo que estamos ante otra arbitrariedad estúpida y mafiosa de tu banco con el ánimo de generar comisiones. Como la Directiva Hipotecaria lo prohíbe ambos seguros no pueden constar en ningún documento, ni los busques.
¿Qué puedes hacer?
- acudir a comisaría y presentar denuncia por coacción contra el empleado del banco que te dijo que si no firmabas eso no te daba el préstamo. Es un tema penal en el que puedes reclamar, además del castigo, la compensación económica del daño causado.
- esperar pacientemente y enviar una carta de anulación a las compañías de seguros con - al menos - un mes de antelación al vencimiento y meterlos en tu particular "lista negra" por mafiosos.
Lo siento pero no hay más opciones.
Un saludo,
Carlos Lluch
esbroker.es
@carloslluch
Buenos días, Anónimo del día 20 de mayo: mal lo tienes. Se trata de un convenio que aceptaste y ha transcurrido todo plazo legal para desistir.
Te invito a consultar con un abogado y a ver si encuentra viabilidad para demanda en virtud de constituir una garantía excesiva sin contraprestación por Ley de Consumidores y Usuarios.
Lo siento.
Carlos Lluch
esbroker.es
@carloslluch