hace 12 años

¿puedo echarme atrás con un fondo?

Buenos días, Hace unas semanas fui al banco para abrir un fondo. Como me tenían que hacer el traspaso de dinero de una entidad a otra, abrí una cuenta y, respecto al fondo, firmé el "documento clave para la información del inversor" y la \'solicitud de apertura del fondo de inversión\'. Ahora que me he estado informando más todavía, no tengo tan clara la inversión. Me gustaría saber si el documento que firmé es vinculante a nivel legal. Des de la entidad me han enviado un email diciéndome lo siguiente: "Te envío el correo para comunicarte que ha llegado el dinero que solicitamos, y lo hemos transferido al fondo que aperturamos la semana pasada. Cuando puedas, pásate por la oficina para firmar la orden del traspaso y la suscripción al fondo". Me parece contradictorio que transfieran el dinero al fondo si todavía no he firmado la suscripción, ¿no? ¿Todavía estoy a tiempo para echarme atrás respecto al fondo? Gracias.

Edge hace 12 años

Me es muy útil toda la información. Muchísimas gracias a todos.

Francisco López hace 12 años

Efectivamente, la comisión se denomina de reembolso, aqui os pego una pequeña información sobre los gastos y comisiones de los fondos:

En los fondos de inversión hay distintos tipos de comisiones:

Comisiones de gestión y depósito: son las que cobran la gestora y el depositario, respectivamente. Estas comisiones son implícitas, es decir, ya están deducidas del valor liquidativo del fondo, puesto que se cargan directamente al fondo de inversión.

Comisiones de suscripción y reembolso: pueden ser a favor de la gestora o del propio fondo (en este caso se denomina descuento a favor del fondo). Son explícitas, es decir, se cargan al partícipe en el momento en que se realiza la suscripción o el reembolso, como un porcentaje del importe suscrito o reembolsado (con un máximo del 5%) y deduciéndose de este.

Es posible que se cobren comisiones por cambiar la inversión de un compartimento a otro, dentro del mismo fondo.

Junto a las comisiones, existen otros gastos que también tienen repercusión en la rentabilidad final. Un concepto relevante, que se encuentra en el folleto, es el de gastos totales soportados por el fondo o TER (expresados como un porcentaje sobre el patrimonio del fondo). Los gastos totales incluyen las comisiones de gestión y depositario, los servicios exteriores y otros gastos de explotación. Cuanto menor sea este porcentaje, mayor beneficio para los partícipes.

Un fondo de inversión puede aplicar distintas comisiones a las distintas clases de participaciones que emita, que se diferencian por criterios como las políticas de comercialización, el volumen de inversión, la divisa de denominación u otros parámetros.

En el folleto informativo se recoge la política de inversión de un fondo, sus comisiones y demás características y elementos esenciales.

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Francisco López hace 12 años

Si acaso cabría añadir, que a diferencia de otros productos de inversión, para suscribir un fondo de inversión, no es necesario aperturar una cuenta en la entidad, si te lo solicitan ( porque evidentemente les facilita la operativa) y solo se utiliza para suscripciones y reembolsos del fondo, la debemos considerar una cuenta obligatoria por la que no te deben cobrar gastos de administración y mantenimiento.

Francisco López hace 12 años

Edge:

Para la contratar un fondo de inversión hay que firmar la correspondiente orden de suscripción, si es esto lo que has firmado la entidad podrá ejecutar la operación. De forma previa a la suscripción deben haberte facilitado el folleto simplificado y el último informe semestral publicado.

Para darte una respuesta exacta debería ver el documento suscrito, pero en principio y según lo que dices, creo que has firmado la orden de suscripción y que por tanto la entidad podría ejecutar la orden.

No obstante, y siendo prácticos, debes tener en cuenta las características de estos instrumentos de inversión colectiva, que permiten el traspaso de un fondo a otro si tener que tributar por las plusvalías. Quiero decir con esto, que si en el supuesto de haberse ejecutado la orden, siempre puedes pedir el traspaso a otro fondo que se adapte más a lo que requieres, y en algunos casos sin tener que pagar comisiones. Con esto creo que también te contesto a la pregunta sobre la cancelación anticipada ( reembolso en la terminología de los fondos de inversión ) Aquí te pongo un enlace de un pequeño artículo sobre la operativa de los fondos

Para consultas jurídicas, visitar Problemas con el Banco.

El consultor hace 12 años

Buenas. Dudo mucho q se pueda realizar un trapaso de fondos entre entidades sin la pertinente orden. Por otra parte, aún ya estando el dinero en el nuevo fondo, la venta de las particpaciones se puede realizar en cualquier momento y no puede existir comisión de cancelación, existen otras comisiones, pero esa no. Saludos

En respuesta a:

Buenos días, Hace unas semanas fui al banco para abrir un fondo. Como me tenían que hacer el traspaso de dinero de una entidad a otra, abrí una cuenta y, respecto al fondo, firmé el "documento clave para la información del inversor" y la \'solicitud de apertura del fondo de inversión\'. Ahora que me he estado informando más todavía, no tengo tan clara la inversión. Me gustaría saber si el documento que firmé es vinculante a nivel legal. Des de la entidad me han enviado un email diciéndome lo siguiente: "Te envío el correo para comunicarte que ha llegado el dinero que solicitamos, y lo hemos transferido al fondo que aperturamos la semana pasada. Cuando puedas, pásate por la oficina para firmar la orden del traspaso y la suscripción al fondo". Me parece contradictorio que transfieran el dinero al fondo si todavía no he firmado la suscripción, ¿no? ¿Todavía estoy a tiempo para echarme atrás respecto al fondo? Gracias.
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