hace 10 años

Son deducibles los gastos de refinanciación de prestamo hipotecario?

Buenas tardes.,
Os explico, me estan haciendo una revisión de mi declaracion renta 2013, que era a devolver. Solo tengo un préstamo hipotecario, pero en el borradordel 2013 vieron que tenía 2 préstamos y se pensaron que había hecho un préstamo hipotecario nuevo y no tenía derecho a desgravar.La cuestión es que este segundo préstamo es una REFINANCIACION del primero, hecho en 2008 y este en 31.1.2013.
Mi pregunta es, en 2008 solicité 265.000%u20AC y en 2013 con refinanciación 255602%u20AC eixtiendo un apital pendiente en ese momento de 247716,75%u20AC.
La diferencia de unos 7000%u20AC se debieron a cancelación tarjeta (2800%u20AC), gastos Notario y constitución refinanciación (2000%u20AC) y la diferencia a cuotas impagadas que se debía del préstamo del 2008.
De todo esto (la tarjeta supongo que no), tofo lo otro me lo podría deducir,no?
Con las cantidades que os he comentado sabrías el % a deducirme??
Si me podeis contestar lo antes posible os lo agradecería.
Att.


Anónimo hace 10 años

De acuerdo con la respuesta de Pau. Solo es deducible en la cuota del Impuesto de IRPF la parte de los intereses y principal relativa a la adquisición de la vivienda habitual, siempre que cumpla con los requisitos generales que otorgaban el derecho a la deducción por compra de vivienda habitual si esta fue adquirida antes de 1 de enero de 2013.

Igualmente solo la parte de los intereses que financian la compra de inmuebles alquilados son los únicos deducibles, como gasto de financiación, de sus ingresos.

botilut hace 10 años

Muchas gracias, Sr. Montserrat por la respuesta

Equipo editorial hace 10 años

En teoría, deberías calcular el porcentaje de la deuda total que viene de la hipoteca para comprar la vivienda habitual, y aplicarlo a las cuotas de los préstamos hipotecarios. Los gastos relacionados con la reunificación no son deducibles, los que vienen de la compra-venta de unas vivienda, sí.

Te aconsejo remitir toda la documentación a un asesor fiscal y que presente la correspondiente contestación a Hacienda. Online y expertos independientes de este panel, tienes a iAsesoria.

En respuesta a:

Buenas tardes.,
Os explico, me estan haciendo una revisión de mi declaracion renta 2013, que era a devolver. Solo tengo un préstamo hipotecario, pero en el borradordel 2013 vieron que tenía 2 préstamos y se pensaron que había hecho un préstamo hipotecario nuevo y no tenía derecho a desgravar.La cuestión es que este segundo préstamo es una REFINANCIACION del primero, hecho en 2008 y este en 31.1.2013.
Mi pregunta es, en 2008 solicité 265.000%u20AC y en 2013 con refinanciación 255602%u20AC eixtiendo un apital pendiente en ese momento de 247716,75%u20AC.
La diferencia de unos 7000%u20AC se debieron a cancelación tarjeta (2800%u20AC), gastos Notario y constitución refinanciación (2000%u20AC) y la diferencia a cuotas impagadas que se debía del préstamo del 2008.
De todo esto (la tarjeta supongo que no), tofo lo otro me lo podría deducir,no?
Con las cantidades que os he comentado sabrías el % a deducirme??
Si me podeis contestar lo antes posible os lo agradecería.
Att.


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