hace 9 años

DUDA SOBRE NUDO PROPIETARIO

Podría decirme en que artículos del código civil aparece esta informacion: "Ya lo hemos anticipado: el usufructuario no puede hipotecar una vivienda y el nudo propietario sí. Si se quiere poner en garantía esta vivienda en un préstamo hipotecario, o sea una hipoteca, solo lo podrá hacer el nudo propietario. Eso sí, este deberá de indicar a la entidad que es nudo propietario y que hay un usufructuario para que la entidad financiera valore como considere que esta garantía podrá ser ejecutada en el caso de que se produzca impago de la hipoteca.

No es habitual que se concedan hipotecas a nudos propietarios, ya que en caso de impago la entidad financiera debería respetar los derechos del usufructuario igualmente"

Gracias!

Anónimo hace 7 años

Hola si tengo propiedad hipotecada y pago dividendos mensuales puedo dar el usufructo a mi madre?

Equipo editorial hace 9 años

Menos mal que tenemos notarios en el panel!

Entonces, Francisco, ¿la hipoteca sobre el usufructo es una hipoteca mobiliaria o inmobiliaria?

Francisco Rosales hace 9 años

El tema lo regula la Ley Hipotecaria, que permite tanto la hipoteca sobre el usufructo como la hipoteca sobre la nuda propiedad, con distintas consecuencias.

No es normal obtener este tipo de hipotecas, porque el acreedor no tiene suficiente garantía, y difícilmente puede venderse un usufructo o una nuda propiedad.

Equipo editorial hace 9 años

El usufructuario no es propietario de la vivienda y, por tanto, no tiene capacidad de disponer de ella para hipotecarla o venderla. Solo el nudo propietario puede vender o hipotecar la casa, respetando los derechos de los usufructuarios. Lee el capítulo dedicado al usufructo en el Código Civil en este enlace.


En respuesta a:

Podría decirme en que artículos del código civil aparece esta informacion: "Ya lo hemos anticipado: el usufructuario no puede hipotecar una vivienda y el nudo propietario sí. Si se quiere poner en garantía esta vivienda en un préstamo hipotecario, o sea una hipoteca, solo lo podrá hacer el nudo propietario. Eso sí, este deberá de indicar a la entidad que es nudo propietario y que hay un usufructuario para que la entidad financiera valore como considere que esta garantía podrá ser ejecutada en el caso de que se produzca impago de la hipoteca.

No es habitual que se concedan hipotecas a nudos propietarios, ya que en caso de impago la entidad financiera debería respetar los derechos del usufructuario igualmente"

Gracias!
Haz tu pregunta