Buenos días, efectivamente y por desgracia existe una amplia picaresca en las revisiones de gas, con falsos técnicos que no sólo llevan al perjuicio económico directo por su cobro sino que en algunos casos añade un plus de peligrosidad al manipular instalaciones tan delicadas como estas.
Respecto a las revisiones debemos distinguir dos:
1) La de las instalaciones de gas: Se realiza cada 5 años (4 en el País Vasco) y consiste en revisar el funcionamiento y la estanqueidad del contador, las tuberías, las llaves/gomas y el estado de conservación. Lo realizan operarios enviados por la empresa distribuidora del gas.
Este es un punto importante ya que hay que diferenciar entre empresa distribuidora y comercializadora, la primera es la “propietaria” de la conducción de gas hasta nuestra casa y la segunda es la que tenemos contratado el servicio de gas y pagamos la factura, por ello cada gran grupo energético tiene dividido el servicio en dos sociedades. Por ejemplo Gas Natural Distribución y Gas Natural Comercializadora. Es cada vez más común que la parte comercial la hayamos contratado con otra compañía distinta, pero la “propiedad” de las conducciones continúen en la empresa original y es la que realiza la revisión. Por ejemplo hemos cambiado de Gas Natural a Endesa, pero la primera sigue realizando la revisión de las instalaciones.
Las empresas deben avisar siempre con anterioridad de la revisión, generalmente con carta y anuncio en la Comunidad de Vecinos, con lo que podemos comprobar con anterioridad que es la revisión legal llamando a la compañía. Llegado el día, se deben identificar correctamente como técnicos autorizados de la empresa, ya que en muchos casos la revisión la hace una empresa independiente especializada y contratada por el distribuidor. Si existen dudas en su acreditación, debemos dirigirnos al teléfono de atención al cliente de la compañía distribuidora, que es obligatorio que aparezca en su página web para cerciorarnos antes de que manipule la instalación.
Otra medida de seguridad está en el cobro. El precio de la inspección lo establece cada comunidad autónoma y de media supone unos 50 euros, pero oscila dependiendo de la autonomía entre 34 y 70 euros. Esta revisión NO se paga en efectivo, se cobra junto con la factura del consumo, por lo que si le piden el abono debe sospechar inmediatamente sobre la inspección.
2) La segunda inspección es la de las calderas: Es obligatoria cada dos años pero si tenemos un servicio de mantenimiento contratado con la compañía comercializadora generalmente nos realizarán una cada año incluida en este coste que abonamos periódicamente en nuestra factura, aunque este servicio no es obligatorio que lo preste la compañía del gas y podemos contratarlo independientemente.
En esta revisión se vigila que el funcionamiento de la caldera es correcto, asegurando su eficiencia energética, durabilidad y seguridad. Para realizarlo podemos optar por contratarlo con la compañía con la que tenemos el servicio o cualquier instalador homologado con nuestra marca de caldera. En el primer caso, generalmente las empresas de suministro suelen ofrecer ofertas de mantenimiento beneficiosas que suelen tener descuentos en el suministro, pero que muchas veces son limitadas en el tiempo (50% de descuento en el mantenimiento el primer año, rebajas en los términos fijos de gas y luz…) y por ello es conveniente revisar distintas opciones.
Aun así no es necesario tener un contrato de mantenimiento, puedes limitarte en realizar la revisión obligatoria cada dos años y pagarla, pero si es cierto que el precio de la misma no difiere mucho del coste de una revisión anual de nuestra caldera, que cubre las averías que surjan (mano de obra) por lo que puede salir más económico. Si existe en un contrato de mantenimiento la empresa con quien tengamos contratado este servicio nos avisará con anterioridad sobre la misma, sino tenemos que concertar directamente la cita.
El método de pago también difiere si existe o no contrato, si tenemos un contrato no hay que abonar nada, ya que se incluye en lo que pagamos periódicamente, solo se pagaría si se sustituye alguna pieza por encontrar una avería independiente de la revisión, y en este caso es siempre recomendable que nos manden presupuesto de reparación antes de cerrar el arreglo. Si no existe ese contrato de mantenimiento, se pagará el precio que hayamos concertado (es libre) y la forma de pago firmada, generalmente en este caso en efectivo.
El control de la revisión lo hace la Comunidad Autónoma, en caso de inspección y no tener realizado esta revisión, se puede enfrentar a una multa importante.